Art 43 Decreto 172
de 2001
Para obtener o renovar la tarjeta de operación, la
empresa acreditará ante la autoridad de transporte competente los siguientes
documentos:
1. Solicitud suscrita por el
representante legal de la empresa o persona natural adjuntando la relación de
los vehículos, indicando los datos establecidos en el numeral 2. del artículo
anterior, para cada uno de ellos. En caso de renovación, duplicado por pérdida
o cambio de empresa, deberá indicar el número de la tarjeta de operación
anterior.
2. Certificación suscrita por
el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de
vinculación vigentes de los vehículos.
3. Fotocopia de la licencia de
tránsito de los vehículos.
4. Fotocopia de las pólizas de
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT de cada vehículo.
5. Constancia de la revisión
técnico- mecánica vigente a excepción de los vehículos último modelo.
6. Certificación expedida por
la compañía de seguros en la que conste que los vehículos están amparados en
las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual de la
empresa.
7. Duplicado al carbón de la consignación
a favor de la autoridad de transporte competente por el pago de los derechos
que se causen, debidamente registrado por la entidad recaudadora.